Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cinco
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dra. Rosario Canedo Justiniano
Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cinco
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 185 a 187 interpuesto por Fidel Lizarraga
- CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso se evidencia que habiendo los impetrantes planteado los
- Que la Corte Suprema de Justicia ha sentado línea doctrinal en sentido de que, no
- En el recurso deducido los recurrentes denuncian violación a la garantía constitucional del "debido proceso"
- Del mismo modo señalan los recurrentes que el Auto de Vista incurre en violación de
- Por lo que ante la denuncia de violación de derechos, garantías y principios constitucionales, excepcionalmente,
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
