Auto Supremo AS/0411/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2005

Fecha: 10-Oct-2005

CONSIDERANDO: que, si bien el querellante Román Escobar Rebollo, interpone el recurso de casación dentro


CONSIDERANDO: que, si bien el querellante Román Escobar Rebollo, interpone el recurso de casación dentro del término de los cinco días que prescribe la primera parte del articulo 417 de la Ley 1970, no adjunta la copia del recurso de apelación restringida y tampoco invoca precedentes contradictorios; por una parte, por otra, no señala violación de norma alguna y en lo relativo al petitorio, no se enmarca en el articulo 419 del Código de Procedimiento Penal que establece dos formas de resolución: dejando sin efecto el fallo impugnado y estableciendo la doctrina legal aplicable o declarándolo infundado