Auto Supremo AS/0422/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2005

Fecha: 14-Oct-2005

CONSIDERANDO:para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario


CONSIDERANDO:para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación; precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado