Que el recurso planteado cumple con la oportunidad de presentación prevista en el artículo 417
Que el recurso planteado cumple con la oportunidad de presentación prevista en el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal y acredita haber planteado apelación restringida, invoca precedentes contradictorios pronunciados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y establece los aspectos de oposición entre la resolución impugnada y los precedentes jurisprudenciales invocados; en suma, cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal y abre la competencia del Tribunal Supremo para conocer posteriormente su resolución en el fondo, consiguientemente corresponde su admisión
- CONSIDERANDO: que el Código de Procedimiento Penal promulgado por Ley Nº 1970 de 25 de
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación presentado mediante memorial de fecha 12 de septiembre de
- Que el recurso planteado cumple con la oportunidad de presentación prevista en el artículo 417
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Sucre, ocho de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
