Auto Supremo AS/0418/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0418/2005

Fecha: 08-Nov-2005

Asimismo, la forma de resolución del recurso que pide el impetrante no se halla entre


Asimismo, la forma de resolución del recurso que pide el impetrante no se halla entre las previstas por el artículo 419 de la Ley 1970; en suma, el recurso de casación intentado no abre la competencia del tribunal de casación para considerar su posterior resolución de fondo; consiguientemente, deviene en inadmisible y tampoco se advierten en la tramitación los defectos previstos en el artículo 169 del Código de Procedimiento Penal