POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Concepción Olivia Aguirre Ortiz de Huayta cursante de fojas 70 a 71 y vuelta
- PARTES: Concepción Olivia Aguirre c/ Alberto Coro Padilla y otro
- Apropiación indebida y otro
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 70 a 71 y vuelta interpuesto por
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que si bien la recurrente presenta su recurso en el plazo de ley, empero,
- El artículo 416 de la Ley Nº 1970 establece: "El recurso de casación procede para
- Por su parte, el artículo 417 de la misma ley, en su parte in fine
- Consecuentemente, el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos
- La línea doctrinal sentada por este Máximo Tribunal de Justicia va en el sentido de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Sucre, catorce de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
