Auto Supremo AS/0505/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2005

Fecha: 06-Dic-2005

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fojas 187 a 190; asimismo, cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría de Cámara se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país mediante fotocopias: el Auto de Vista de fojas 167 a 168 y el presente Auto Supremo.



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