Auto Supremo AS/0508/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2005

Fecha: 06-Dic-2005

CONSIDERANDO: el Tribunal de Casación declara la admisibilidad del recurso de casación, cuando éste ha


CONSIDERANDO: el Tribunal de Casación declara la admisibilidad del recurso de casación, cuando éste ha cumplido con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista respectivo, precisando hechos similares y estableciendo contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado