CONSIDERANDO: que, la normativa penal vigente, establece que para la admisión del recurso de casación
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 531 Sucre 19 de diciembre de 2005
DISTRITO: Tarija
PARTES : Ministerio Público c/ Gloria Salome Bernal Taboada y
otros. Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 68 a 70, interpuesto por Rodrigo Antelo Castillo, Fiscal adjunto de sustancias controladas, impugnando el Auto de Vista 54/05 de 10 de noviembre de 2005 de fojas 49 vuelta a 52 vuelta, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Gloria Salome Bernal Taboada, Graciela Cruz Bernal y Marco Antonio Flores Fernández, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el Art. 48 de la Ley 1008, y
CONSIDERANDO: que, la normativa penal vigente, establece que para la admisión del recurso de casación el mismo debe cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observando todos los requisitos exigidos en los Arts. 416 y 417 del Código Procesal Penal
AUTO SUPREMO: No. 531 Sucre 19 de diciembre de 2005
DISTRITO: Tarija
PARTES : Ministerio Público c/ Gloria Salome Bernal Taboada y
otros. Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 68 a 70, interpuesto por Rodrigo Antelo Castillo, Fiscal adjunto de sustancias controladas, impugnando el Auto de Vista 54/05 de 10 de noviembre de 2005 de fojas 49 vuelta a 52 vuelta, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Gloria Salome Bernal Taboada, Graciela Cruz Bernal y Marco Antonio Flores Fernández, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el Art. 48 de la Ley 1008, y
CONSIDERANDO: que, la normativa penal vigente, establece que para la admisión del recurso de casación el mismo debe cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observando todos los requisitos exigidos en los Arts. 416 y 417 del Código Procesal Penal
- CONSIDERANDO: que, la normativa penal vigente, establece que para la admisión del recurso de casación
- Que el Art
- CONSIDERANDO: que, Rodrigo Antelo Castillo, Fiscal adjunto de sustancias controladas, recurre de casación de fojas
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
