Auto Supremo AS/0015/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2005

Fecha: 03-Feb-2005

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal con relación al artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 757 a 760 vuelta; asimismo, para el cumplimiento del artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país las piezas procesales siguientes: Auto de Vista de fojas 720 y el presente Auto Supremo.

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