Auto Supremo AS/0085/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2005

Fecha: 05-Abr-2005

CONSIDERANDO: Que, planteado el recurso corresponde analizar los antecedentes del proceso


CONSIDERANDO: Que, planteado el recurso corresponde analizar los antecedentes del proceso:

Con relación a los vicios de nulidad que se acusa en sentido de que el codemandado Hernán Meneses Ovando no sería el propietario de "Comercial Meneses", ante esta circunstancia es menester aclarar que el Juez de Instancia ha rechazado las excepciones expuestas por la parte demandada entre ellas la de impersonería mediante resolución de fecha 19 de diciembre de 2000 conforme consta a fs. 33, que no ha merecido recurso alguno por parte del codemandado quedando ejecutoriada; es más Hernán Meneses Ovando conjuntamente su madre ofrecen prueba en forma conjunta tal cual se acredita por el memorial de fs. 44 y su intervención a lo largo del proceso, más aún que en casación no es permito alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubieren reclamado en tribunales inferiores dando lugar al asentimiento de la parte afectada conforme lo determina el art. 258 inc 3) del Código de Procedimiento Civil