VISTOS: el recurso de casación de fojas 106 a 107 interpuesto por Verónica Noya Vacaflor,
VISTOS: el recurso de casación de fojas 106 a 107 interpuesto por Verónica Noya Vacaflor, impugnando el Auto de fecha 18 de octubre de 2004 de fojas 96 a 97, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra Lidia Condori Auca y la recurrente, por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley 1008
- PARTES : Ministerio Público c/ Lidia Condori Auca y otra
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 106 a 107 interpuesto por Verónica Noya Vacaflor,
- CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación
- CONSIDERANDO: que la recurrente Verónica Noya Vacaflor señala que existe contradicción en el contenido del
- Que, con relación a la exclusión de la prueba documental de cargo que no es
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Sucre 16 de mayo de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
