Cheques protestados fueron rechazados por el Banco por falta de fondos con lo que queda
CONSIDERANDO: que la recurrente Ana Fernández Delaporte mediante su recurso de casación de fojas 91 a 92 impugna al Auto de Vista de fojas 59 a 60 vuelta manifestando: que Javier Asbun García ha girado los siguientes cheques números; H-000000075, H-000000030, H-000000008 y H-000000007, todos del Banco de Crédito de Bolivia que llegan al monto de $us 40.000.- y se encuentran debidamente protestados, los mismos que fueron incorrectamente valorados sin que el Tribunal de Alzada disponga su corrección; al respecto invoca los Autos Supremos números: 41 de 1 marzo de 1985, 60 de 21 de marzo de 1983, 58 de 14 de marzo de 1983, 131 de 19 de septiembre de 1981, 38 de marzo de 1979, todos coinciden con el siguiente contenido:
Cheques protestados fueron rechazados por el Banco por falta de fondos con lo que queda comprobado el cuerpo del delito y la tipicidad de la conducta antijurídica y que la circunstancia de que los hubiera girado y entregado sin fecha, no eximen de responsabilidad penal, por lo que la valoración efectuada por el Juez Ad-Quo desnaturaliza el tipo penal de giro de cheque en descubierto y giro defectuoso de cheque, ya que el mismo al absolver a un confeso, da carta libre a que la sociedad en su conjunto ya no crea en la correcta aplicación de la Ley
- PARTES: Ana Fernández Delaporte c/ Javier Asbun García
- Giro de cheque en descubierto y otro
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 91 a 92 interpuesto por Ana Fernández Delaporte,
- CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación
- Cheques protestados fueron rechazados por el Banco por falta de fondos con lo que queda
- Que, habiendo cumplido con los requisitos de forma exigidos por los artículos 416 y 417
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Sucre 16 de mayo de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
