Auto Supremo AS/0169/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2005

Fecha: 19-May-2005

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLES los recursos de casación interpuesto de fojas 292 a 294, 305 a 307 y 314 a 315. Asimismo, cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría de Cámara se hagan conocer mediante fotocopias a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país, el Auto de Vista de fojas 264 a 266 y el presente Auto Supremo.

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