Que de fojas 364 a 366 cursa la solicitud de enmienda y complementación del Auto
Que de fojas 364 a 366 cursa la solicitud de enmienda y complementación del Auto Supremo Nº 15/2005 interpuesta por Daría Magne de Lucana, mediante memorial de 19 de mayo de 2005, presentado en fecha 20 de mayo de 2005 de acuerdo al cargo de presentación de fojas 366 vuelta; solicitud que corresponde considerarse de acuerdo a las disposiciones del Código de Procedimiento Penal promulgado por Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999
- AUTO SUPREMO COMPLEMENTARIO S/N DEL AUTO SUPREMO Nº 15 de 31 DE ENERO DE 2005
- PARTES: Juan Vásquez Chugar c/ Daría Magne de Lucana
- Estafa y estelionato
- VISTOS Y CONSIDERANDO: que pronunciado que fue el Auto Supremo Nº 15/2005 de fojas 359
- Que de fojas 364 a 366 cursa la solicitud de enmienda y complementación del Auto
- Que el segundo acápite del artículo 125 del Código de Procedimien-to Penal dispone que "Las
- POR TANTO: siendo extemporánea, NO HA LUGAR a considerar la solicitud de fojas 364 a
- Sucre, 23 de junio de 2005
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
