Sucre, veintitrés de junio de dos mil cinco
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dra. Rosario Canedo Justiniano
Sucre, veintitrés de junio de dos mil cinco
- PARTES: Ministerio Público c/ Francisco Colque Huaranca y otro
- Transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos
- CONSIDERANDO: que en el sub lite, de la revisión del recurso de fojas 107 a
- No se invoca ningún precedente contradictorio, como tampoco se cumple con la presentación de la
- La falta de cumplimiento de los requisitos exigidos para la admisibilidad del recurso extraordinario de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Sucre, veintitrés de junio de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
