Auto Supremo AS/0244/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2005

Fecha: 22-Ago-2005

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí,




VISTOS: El recurso de casación de fs. 91-92, interpuesto por María Luisa Valda Serrano, en representación de Roberto Emilio Valda Valda contra el Auto de Vista de fs. 87-88, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Potosí, dentro del proceso social seguido por Martín Lazcano Navía contra el recurrente, los antecedentes del proceso, el Dictamen Fiscal de fs. 101 que invoca el art. 34 del Código Procesal del Trabajo; y

CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí, pronunció Sentencia a fs. 68-71, declarando PROBADA la demanda. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, emitió el Auto de Vista de fs. 87-88, por el que CONFIRMA la Sentencia apelada, motivando el recurso de casación que acusa errónea interpretación de la prueba e infracción del art. 16-g) de la Ley General del Trabajo y art. 9º de su Decreto Reglamentario, por haberse otorgado valor legal a las literales de fs. 36 y 37 sin que, a la primera, se haya adjuntado la cédula de identidad del actor y por constituir, la segunda, fotocopia simple sin legalizar y no haberse considerado las literales de descargo de fs. 11, 14, 42, 43 y 58, que demuestran el hurto o negociado de minerales ejercido por el actor y que conforme al art. 16- g) de la Ley General del Trabajo, no dan lugar al pago de los beneficios sociales condenados en sentencia y confirmados por el Auto de Vista, solicitando se case el Auto de Vista y se falle en lo principal y fondo no dando lugar al pago de desahucio y beneficios sociales