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    Auto Supremo AS/0244/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0244/2005

    Fecha: 22-Ago-2005

    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la


    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, declara INFUNDADO el recurso de fs. 91-92, con costas. Se regula el honorario profesional en Bs. 300.- que mandará pagar el Juez A quo
    • AUTO SUPREMO Nº 244 - Social Sucre, 22 de agosto de 2005
    • PARTES: Martín Lazcano Navía c/ International Metals Bolivia Ltda
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
    • CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí,
    • CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes y los términos del recurso interpuesto, se establece
    • Por lo expuesto, no estando demostradas las acusaciones del recurso, corresponde resolverlo conforme a lo
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
    • Para resolución, según convocatoria de fs
    • Ministro Relator: Dr. Alberto Ruiz Pérez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Sucre, 22 de agosto de 2005
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.

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