Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO.- La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en acuerdo con el Requerimiento Fiscal de fs. 141-142, declara LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL a favor del procesado: Toribio Colquechuimia Lumpi, debiendo quedar sin efecto las medidas cautelares impuestas y disponerse el archivo de obrados.
RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CONSIDERANDO: Que el Ministerio Público a través del Requerimiento cursante a fs
- Que el Ministerio Público, en el requerimiento fiscal indicado, solicita se proceda a la extinción
- Que del análisis de los datos del proceso, se evidencia que la base fáctica o
- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, se establece que la demora injustificada no es
- Por lo que se hace viable la extinción de la acción penal a favor del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, treinta de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
