A los efectos del artículo 418 segunda parte del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría
A los efectos del artículo 418 segunda parte del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría remítanse a todas las Salas Penales de las Cortes de Distrito del país, copias fotostáticas de las siguientes piezas procesales: sentencia de fojas 122 a 122"C", Auto de Vista de fojas 149 a 150 y vuelta y el presente Auto de Admisión, a fin de que se inhiban de pronunciar resolución en procesos en los que se debaten cuestiones de derecho similares, hasta conocer la resolución del recurso de casación interpuesto
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por memorial de fojas 160 a 162 impugna
- CONSIDERANDO: que el recurso cumple con los requisitos de admisibilidad previstos en los artículos 416
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- A los efectos del artículo 418 segunda parte del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría
- Sucre, trece de septiembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
