Que de la revisión del recurso de casación, y el contraste del auto impugnado con
Que de la revisión del recurso de casación, y el contraste del auto impugnado con los precedentes, se demuestra que no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, vale decir que el recurrente no compara hechos similares identificados en el auto impugnado con otros hechos similares de los precedentes invocados, sólo se limita a enumerar las resoluciones invocadas como precedentes, por lo que el recurso de casación no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- Maturano. Homicidio y otro
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- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
