Auto Supremo AS/0011/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2006

Fecha: 25-Ene-2006

De obrados se infiere que en el sub lite no ha existido negativa indebida del


De obrados se infiere que en el sub lite no ha existido negativa indebida del recurso de casación, al contrario la impugnación extraordinaria fue concedida mediante auto interlocutorio de fecha 30 de noviembre de 2005 y la caducidad del recurso fue declarada como emergencia de la no provisión de fondos por parte de los recurrentes, auto interlocutorio definitivo que no ha sido impugnado en casación, por consiguiente el Tribunal Supremo no puede ingresar al análisis del recurso interpuesto