Auto Supremo AS/0033/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2006

Fecha: 25-Ene-2006

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferido por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLES los recursos de casación interpuesto de fojas 347 a 348 y 354 a 355; asimismo, cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría de Cámara se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país mediante fotocopias: el Auto de Vista de fojas 343 a 345 y el presente Auto Supremo.

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