Que, en lo que refiere a que el hecho fuera tipificado como tentativa de transporte
Que, en lo que refiere a que el hecho fuera tipificado como tentativa de transporte de sustancias controladas, aspecto que fue modificado por el Tribunal Supremo, creando nueva línea jurisprudencial donde indica que en materia de sustancias controladas los delitos no son de resultados, sino son formales, y que no existe tentativa en los hechos relacionados a los delitos de sustancias controladas; al respecto, se debe considerar que al haber recurrido de casación sólo el procesado no se incrementa la sanción impuesta por el Tribunal de Apelación, en razón al principio de "non reformatio in peius" (reforma en perjuicio), por lo que no se puede empeorar la pena, sabiendo que la aspiración de la recurrente es obtener nueva resolución favorable o en su caso rebaja de la pena, a más de corresponder a la línea jurisprudencial anterior establecida por este Tribunal de Justicia
- Cabezas Soria y otro. Tráfico de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 137 a 140 interpuesto por Patricia Murillo Flores
- CONSIDERANDO: que de la compulsa del recurso de casación y antecedentes del proceso se establece
- Que, en lo que refiere a que el hecho fuera tipificado como tentativa de transporte
- Que, el recurso de casación establece como requisito que contenga el fundamento jurídico, especificando las
- En sujeción al cumplimiento de requisitos exigidos para declarar procedente el recurso de casación se
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justianino
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
