POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la atribución primera del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, con la intervención de la Presidenta y Ministra de la Sana Penal Segunda Dra. Rosario Canedo Justiniano, convocada a fs. 214, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista impugnado cursante a fojas 193 a 197 vuelta de obrados y dispone que la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, pronuncie nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida
- PARTES : Ministerio Público y otros c/ Alberto Beltrán Ramírez
- Lesión seguida de muerte
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO: que el sistema de recursos estatuidos en la Ley Nº 1970, tiene como objetivo
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la "legalidad", cumple una función unificadora de la
- Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
- Que el penalista Franz Von Liszt, conceptualiza: "La pena como un mal que el Juez
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- RELATORA: Ministra Dra. Rosario Canedo Justianino
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
