Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
Que si no se ha invocado precedente, no se puede comparar hechos similares ni establecer la contradicción jurídica, el recurso de casación carece de argumento jurídico, por lo que al Tribunal de Casación se le brinda el precedente contradictorio con el cual pueda contrastar la resolución impugnada por lo que debe declarar la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto.
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención de la Presidenta y Ministra de la Sala Penal Segunda Dra. Rosario Canedo Justiniano convocada a fojas 468, aplicando el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Benita Chambi Yujra.
Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- PARTES : Ministerio Público c/ Benita Chambi Yujra
- Homicidio
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 451 a 454 interpuesto por Benita Chambi Yujra,
- CONSIDERANDO: que Benita Chambi Yujra impugna el Auto de Vista Nº 220/2006, manifestando: 1) que
- Que el artículo 416 primera parte del Código de Procedimiento Penal prescribe: "El recurso de
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
