En relación al dictamen fiscal de fs
En relación al dictamen fiscal de fs. 76-77, corresponde señalar que no es causal de nulidad la falta de pronunciamiento del Ministerio Público a partir de la vigencia de la Nueva Ley Orgánica de dicha repartición Nº 2175 de 13 de febrero de 2001, vigente desde el 20 de febrero del mismo año y en cuyo marco la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, emitió la Circular Nº 25/2004 de 2 de junio de 2004, disponiendo la no intervención del Ministerio Público en causas que no fueran penales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis se concluye lo siguiente
- c)
- En relación al dictamen fiscal de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por haber sido respondido el recurso fuera
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
