Concluye solicitando anfibológicamente que el Tribunal Supremo, dicte resolución casando el auto de vista y
Concluye solicitando anfibológicamente que el Tribunal Supremo, dicte resolución casando el auto de vista y deliberando en el fondo, declare probada la demanda de pago de reintegro del bono de antigüedad, revocando la sentencia del Juez a quo, por estar demostradas las violaciones acusadas a leyes expresas y terminantes, con olvido que una de las formas de resolución de la apelación es la "revocatoria" (art. 237 inc. 3) del Cód. Pdto. Civ.) y no del recurso de casación a tenor del art. 271 de dicho cuerpo legal
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
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- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
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- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
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- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
