Auto Supremo AS/1031/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1031/2006

Fecha: 11-Oct-2006

La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos


La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos:

El recurrente confunde el recurso de casación en el fondo con el recurso en la forma, de tal modo que recurre en "casación y/o nulidad" y concluye demandando que la Corte Suprema "CASE o, alternativamente, ANULE el Auto de Vista", lo que resulta incongruente, debido a que, como lo tiene establecido esta Corte, no es posible, jurídicamente, casar y anular a la vez, por cuanto anulado el Auto de Vista o repuesto el expediente, no queda resolución que pueda ser materia de casación por efectos, precisamente, de la nulidad. Lo mismo ocurre si se invierten las formas de resolución, si el Tribunal decide la Casación, la misma no tendría eficacia si, seguidamente, dispone su nulidad