CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debiendo fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa. De la revisión del recurso, se advierte que aparte de ser confuso carece de fundamentación, por cuanto si bien se planteó recurso de casación en el fondo, debía fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus fallos y estar debidamente identificadas las causales señaladas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; lo que no ocurre en el caso de examen
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