CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 69-70, interpuesto por Oscar Flores Velarde, apoderado de Jorge Jesús Serrate Simón, representante de la Empresa Agrícola Forestal "FOREST DEL ORIENTE" S.R.L., contra el auto de vista Nº 17 de 14 de enero de 2005 (fs. 65), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Ignacio José Landívar Tissera, contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió sentencia el 27 de marzo de 2004 (fs. 48-50), declarando probada en parte la demanda de fs. 10-11, sin costas, ordenando a la empresa demandada "FOREST del ORIENTE" S.R.L., representada por los miembros socios de la misma: Gonzalo Fernández de Córdoba Landívar, Janett Clira Denitze Mercado Lora, Anthony Bobby James, Osvaldo Gil Landívar y Jorge Jesús Serrate Simón, en forma solidaria, pague a favor del actor, la suma de $us.- 8.504,33.-, por concepto de indemnización, duodécimas de vacación y sueldos devengados por 6 meses y 20 días
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 17 de 14 de enero de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma (fs
- En efecto, al evidenciar dicho error, resulta de aplicación inexcusable los arts
- En consecuencia, al haber planteado el actor su demanda contra la "Empresa Forest del Oriente
- En este razonamiento, el Tribunal Constitucional ha establecido en la SC 259/2002-R de 13 de
- Que, en este marco legal, el tribunal de apelación, al emitir el auto de vista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
