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En grado de apelación, por auto de vista Nº 17 de 14 de enero de 2005 (fs. 65), se anula la sentencia apelada de fs. 48-50, para que el juzgador dicte nueva sentencia en estricta aplicación del art. 202 del Cód. Proc. Trab., con relación al art. 50 del Cód. Pdto. Civ
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- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
