CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 363, interpuesto por Germán Gary Rico Ferrel, en representación de Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba, contra el auto de vista Nº 061/2005 de 1 de abril de 2005 (fs. 357-358), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social seguido por Rafael Marcelino Arroyo Cano y otros contra la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, la respuesta de fs. 366, el dictamen fiscal de fs. 370, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 17 de junio de 2002 (fs. 296-298), declarando probada en parte la demanda de fs. 12-15, ordenando se pague a favor de: Juan Marcelo Sandoval Soliz la suma de Bs. 9.152,69.-, Hermo Montaño Condori la suma de Bs. 3.582,35.-, Isidro Rojas Velarde la suma de Bs. 4.420,03.-, Andrés Maita Renfijo la suma de Bs. 2.029,74.- y Dionicio Gregorio Alcócer Sánchez la suma de Bs. 3.288,30.-, por concepto de beneficios sociales e improbada en lo que respecta a los puntos demandados por Rafael Marcelino Arroyo Cano, Iván Andrés Arroyo Cano y Nelson Marcial Arroyo Cano
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 061/2005 de 1 de abril de
- Que contra el auto de vista, el apoderado legal de la Alcaldía demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el apoderado de la Alcaldía demandada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
