MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 1071
Sucre, 20 de octubre de 2.006
DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.
PARTES: Rafael Marcelino Arroyo Cano c/ La Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Sucre, 20 de octubre de 2.006
DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.
PARTES: Rafael Marcelino Arroyo Cano c/ La Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 061/2005 de 1 de abril de
- Que contra el auto de vista, el apoderado legal de la Alcaldía demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el apoderado de la Alcaldía demandada,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
