CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de nulidad de fs. 124-125, interpuesto por Cosme Adolfo Liendo Romero, en representación del GRUPO ALCOS S.A. y de fs 131-132, plateado por la actora, contra el auto de vista No. 003/2005 SSA.II de 12 de enero de 2005 (fs. 117) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social seguido por María del Carmen Navarro Gorena contra Laboratorios ALCOS S.A., la respuesta de fs. 135-137, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 97/2002 de fecha 25 de octubre de 2002 (fs. 73-76) y el auto complementario de fs. 89-90 de 23 de noviembre de 2002, declarando probada en parte la demanda y la excepción perentoria de pago, sin costas, debiendo la parte demandada pagar a favor de la demandante la suma de Bs. 5.321,85.--, por concepto de beneficios sociales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Que, contra el auto de vista, el demandado, interpone recurso de nulidad contra el auto
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Por otra parte, el "recurso de casación en parte" interpuesto por la actora, en suma
- Que, en ese marco legal, los recursos que se examinan resultan insuficientes y hacen inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
