CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 138, interpuesto por Luis Alberto Jiménez Márquez, en representación de Marina Torrejón Sandoval, contra el auto de vista de 25 de febrero de 2005 (fs. 135-136), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que sigue el recurrente en representación de su mandante contra Arturo Taborga Arandia, Gerente Propietario del Hotel Monumental, la respuesta de fs. 141, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la sentencia de 1º de junio de 2004 (fs. 111-112), declarando probada en parte la demanda de fs. 7-8, ordenándose que el demandado, pague a favor del actor Bs. 35.558,46.-, por concepto de indemnización, aguinaldo, vacaciones, prima, bono de antigüedad y subsidio de frontera
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de 25 de febrero de 2005 (fs
- Que, contra el auto de vista, el apoderado de la demandante, interpone recurso de casación
- Que, de la revisión de los actuados procesales, se evidencia que el apoderado de la
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
