CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 229-230, interpuesto por Cristian Daher Tobías, en representación de la empresa DATEC Ltda., contra el auto de vista No. 15 de fecha 10 de enero de 2005 (fs. 225-226), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, seguido por Daniel Alejandro Flores Maese contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia No. 151 el 14 de junio de 2004 (fs. 206-208), declarando probado el derecho reclamado con costas, disponiendo que el Gerente General de la empresa demandada, pague a favor del actor por concepto de beneficios sociales, conforme a la liquidación inserta, la suma de $us. 6.531
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó que el representante de la empresa DATEC Ltda
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Del análisis del recurso, se infiere que aparte de ser confuso carece de fundamentación, por
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
