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    Auto Supremo AS/0475/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0475/2006

    Fecha: 13-Nov-2006

    Asimismo, en sujeción de la segunda parte del artículo 418 del mismo Código Adjetivo Penal,


    Asimismo, en sujeción de la segunda parte del artículo 418 del mismo Código Adjetivo Penal, se dispone que se haga conocer mediante Secretaría de Cámara a las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia, fotocopias del Auto de Vista y el presente Auto Admisorio
    • VISTOS: el recurso de casación de fojas 175 a 179 vuelta, interpuesto por Juan Carlos
    • Identificado el objeto de la impugnación se debe puntualizar de manera clara los aspectos que
    • CONSIDERANDO: que en la formulación del recurso de casación, el procesado denuncia indebida aplicación de
    • En ese antecedente, refiere que el Auto de Vista impugnado, vulnera sus derechos al recurso
    • Asimismo refiere que en una situación de similares antecedentes, este Tribunal habría dispuesto mediante la
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
    • Asimismo, en sujeción de la segunda parte del artículo 418 del mismo Código Adjetivo Penal,
    • Regístrese y hágase saber
    • Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
    • Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara

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