Auto Supremo AS/0505/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2006

Fecha: 13-Nov-2006

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención de los Ministros, Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco, Presidenta de la Sala Penal Primera y Dr. Julio Ortiz Linares, Ministro de la Sala Civil, convocados al efecto, con la facultad conferida por el art. 418 del Cód. de Pdto. Pen., declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 182 a 183 vta.; asimismo, cumpliendo el art. 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría de Cámara se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país mediante fotocopias: Auto de Vista de fs. 179 y 179 vta. y el presente Auto Supremo.

La Presidenta y Ministra de la Sala Penal Primera Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco, convocada a fs. 188, fue de voto disidente, con el siguiente fundamento: No se debe admitir, no basta enunciar precedentes, sino que se debe establecer la contradicción en términos claros y precisos (arts. 416 y 417 del Cód. de Pdto. Pen.)

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