En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 220-222, interpuesto por Emilio Adolfo Sotomayor Rejas, accionista representante de la Empresa Sudamericana Tours Ltda., y en representación de Janett Mendoza de Sotomayor, contra el auto de vista No. 113/2005 de 16 de mayo de 2005 (fs. 216-217), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro del proceso social seguido por Osvaldo Guanacoma Ortega contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 230, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió sentencia el 9 de abril de 2003 (fs. 137-139), declarando probada en parte la demandada de fs. 5-6, ordenando a Jannett Mendoza de Sotomayor en su calidad de representante de la empresa Sudamericana Turs, para que dentro de 3ro día de ejecutoriada la sentencia y bajo alternativa de ley, cancele al demandante, el monto de la liquidación inserta, la suma de Bs. 8.681,30 más los reajustes previstos en el D.S. No. 233381 de 29 de diciembre de 1992, además 8 subsidios de prenatalidad y 24 subsidios de lactancia, ambos en especie (Art. 7 de la R.M. No. 108 de 25 de febrero de 2000).-
En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No. 113/2005 de 16 de mayo de 2005 (fs. 216-217), se confirmó la sentencia apelada
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No
- 2) En la forma, apoyado en el art
- 1) En principio, es menester tener presente que conforme la doctrina y jurisprudencia del Tribunal
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
