En grado de apelación, formulada por ambas partes, mediante auto de vista Nº 040/05-SSAIII de
En grado de apelación, formulada por ambas partes, mediante auto de vista Nº 040/05-SSAIII de 17 de marzo de 2005 (fs. 366), se revoca en parte la sentencia, sin costas, modificando el sueldo promedio indemnizable y disponiendo que la empresa demandada cancele al actor, Bs. 3.495,33.- por indemnización, desahucio, duodécimas de aguinaldo, un salario y vacación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por ambas partes, mediante auto de vista Nº 040/05-SSAIII de
- Que, contra el auto de vista, el apoderado del demandante, en el Otrosí del memorial
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, como si se tratara de una cuestión accesoria, el recurrente en
- Esa omisión, impide abrir la competencia de este Tribunal, tanto por haberse formulado el recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
