CONSIDERANDO: Que, Raúl Valda Ibáñez, en representación de la Empresa Textiles "PUNTO BLANCO" S
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VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 24-25, deducido por Raúl Valda Ibáñez, en representación de la Empresa Textiles "PUNTO BLANCO" S.A. contra el auto negatorio de concesión del recurso de casación (fs. 16), pronunciado el 14 de agosto de 2006 por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del fenecido proceso laboral seguido por Felicidad Victoria Córdova vda. de Apaza contra la empresa compulsante, los antecedentes que cursan en el testimonio adjunto y,
CONSIDERANDO: Que, Raúl Valda Ibáñez, en representación de la Empresa Textiles "PUNTO BLANCO" S.A., a través del memorial de fs. 24-25, plantea recurso de compulsa contra la resolución mencionada al exordio, por la que la Sala compulsada deniega el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista RES. A.I. Nº 046/06 de 3 de mayo de 2006 (fs. 8), pidiendo se declare legal y se conceda el recurso de casación interpuesto
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social (Compulsa)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, Raúl Valda Ibáñez, en representación de la Empresa Textiles "PUNTO BLANCO" S
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de compulsa previsto por el art
- Que el tribunal de segunda instancia como es el compulsado, sólo puede negar el recurso
- De lo relacionado, se infiere que el Tribunal ad quem, al pronunciar el auto de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
