Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271-1) y 272-2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., en desacuerdo con el dictamen de fs. 115-116, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 103, con costas.
Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs. 500, que mandará pagar el Tribunal de alzada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza de Partido 2do del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación, a instancia del apoderado del actor, por auto de vista de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Del análisis del recurso, si bien fue planteado como casación en el fondo, empero se
- En efecto, el recurso motivo de análisis, no cumple la exigencia de técnica procesal ni
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y hace inviable
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
