CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 212-213, interpuesto por Roger Osvaldo Rosales Fuentes, representante de la empresa FÉNIX I.C. S.A., contra el auto de vista Nº 341 de 2 de agosto de 2005 (fs. 208-209), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por Alejandro Crespo Carrión, contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 217-219, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 24 el 12 de marzo de 2005 (fs. 86-88), declarando probada la demanda de fs. 15-16, con costas, disponiendo que la Empresa demandada FÉNIX I.C. S.A., a través de su representante legal, cancele al actor la suma de Bs. 32.935,60.- por desahucio, indemnización, aguinaldo en duodécimas y sueldo devengado
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el representante de la empresa demandada, mediante auto de
- Concluyó solicitando que se conceda el recurso y este Tribunal emita resolución casando el auto
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- El recurrente ignora que las causales de casación en el fondo, se sustentan en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se llama severamente la atención a los señores Oficiales de Diligencias del Juzgado a quo
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
