Auto Supremo AS/1294/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1294/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente


Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., es decir identificar cuáles son los errores in judicando e in procedendo, en que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a momento de emitir el auto de vista, para que se pueda casar el auto recurrido o anularse obrados hasta el vicio más antiguo; porque hace una relación del proceso, fundamentando en la forma, cuestiones referidas a la apreciación de la prueba, como causales de nulidad y, en el fondo, refiere cuestiones ya resueltas durante el curso del proceso, sobre la personería del recurrente sin especificar claramente de qué manera se hubieran violado los arts. 827 del Cód. Civ. y 11 de la L.G.T., incumpliendo la técnica exigida para este tipo de recursos