CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 71, interpuesto por Clara Inés Sagardia Cabezas, apoderada de Edwin Pierola San Miguel, en su condición de Gerente General de EMSA, contra el auto de vista No. 238/2005 de 3 de septiembre de 2005 (fs. 66), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social sobre pago de beneficios sociales, seguido por Erick Fernando Martín Vásquez Loza contra la Empresa Municipal de Aseo "EMSA", la respuesta de fs. 74, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió sentencia el 29 de junio de 2005 (fs. 42-44), declarando probada en todas sus partes la demanda de fs. 14-16, conminando a la empresa municipal de servicios de aseo EMSA, para que por intermedio de su representante legal, cancele dentro de 3ro día de ejecutoriada la sentencia, beneficios sociales por concepto de desahucio, indemnización y aguinaldo a favor del actor en la suma de Bs. 13.785,96 más los reajustes establecidos por el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No
- I
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que no cumple
- En efecto, al no concretar correctamente su reclamo o petición, como casación en el fondo
- De otra parte, tampoco el recurso motivo de análisis demuestra de manera clara y precisa,
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, hechos que hacen
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
