En efecto, al no concretar correctamente su reclamo o petición, como casación en el fondo
En efecto, al no concretar correctamente su reclamo o petición, como casación en el fondo o casación en la forma; dando a los mismos hechos la virtualidad de constituir al mismo tiempo motivos de casación en cualesquiera de tales formas; de donde el recurso resulta ambiguo y anfibológico. En todo caso, al no cumplir el recurso de apelación de fs. 47, los requisitos exigidos por el art. 205 del Cód. Proc. Trab., concordante con los arts. 219, 227 y 236 del Cód. Pdto. Civil, es correcto lo dispuesto por el tribunal de alzada, por la omisión de agravios de dicho recurso
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de la empresa demandada, por auto de vista No
- I
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que no cumple
- En efecto, al no concretar correctamente su reclamo o petición, como casación en el fondo
- De otra parte, tampoco el recurso motivo de análisis demuestra de manera clara y precisa,
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, hechos que hacen
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
