CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, cumpliendo la nulidad determinada por el auto de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 91-92, interpuesto por Edgar Rafael Bazán Ortega, H. Alcalde Municipal de la ciudad de Oruro, contra el auto de vista Nº 195/2005 de 16 de agosto de 2005, (fs. 87), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; dentro el proceso social de pago de beneficios sociales, que sigue Irma Poma Canaviri de Catari, contra la entidad que representa el recurrente, la respuesta de fs. 95, el dictamen fiscal de fs. 100-101, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, cumpliendo la nulidad determinada por el auto de vista Nº 401/2004 de 25 de noviembre de 2004 (fs. 59), la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, emitió la sentencia Nº 39/2005 el 16 de abril de 2005, (fs. 65-67), declarando probada la demanda de fs. 5-6, sin costas, disponiendo que la Alcaldía Municipal de la ciudad de Oruro, a través de su personero legal, cancele a la actora la suma de Bs. 10.426,86.- por indemnización, desahucio y vacaciones
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, cumpliendo la nulidad determinada por el auto de
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que este Tribunal case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
