En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de vista Nº 195/2005 de 16 de agosto de 2005, (fs. 87), se confirmó la sentencia apelada, con la modificación del monto a cancelarse a favor de la actora de Bs. 9.210,96.- por los mismos conceptos sancionados en sentencia, modificando el sueldo promedio indemnizable
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, cumpliendo la nulidad determinada por el auto de
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que este Tribunal case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
