Auto Supremo AS/1314/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1314/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no


Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumple los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., es decir identificar cuáles son los errores in judicando, en que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a momento de emitir el auto de vista para que se pueda casar el auto recurrido; porque si bien alude que sus derechos se sustentan en un acta suscrita el 18 de septiembre de 2002, no fundamenta de qué manera se hubiera incurrido en alguna infracción, sólo refiere que no se consideró adecuadamente la prueba, sin haber identificado la misma en el recurso y sin establecer cuales serían los errores de hecho o de derecho que se encuentran demostrados en el proceso, para que pueda abrirse la competencia de este Tribunal para analizar nuevamente, dicha prueba